sexta-feira, 19 de outubro de 2012

Los residentes en países donde no se puedan garantizar los plazos establecidos en la Loreg podrían tener un procedimiento de voto especial

El proyecto de Real Decreto por el que se regulan los criterios y se limitan los supuestos de aplicación del procedimiento de voto de los residentes ausentes establece la posibilidad de poner en marcha un “procedimiento especial de voto” en “aquellas demarcaciones consulares o países en los que no se pueda garantizar el cumplimiento de los plazos previstos en la Loreg”.
 
Así lo indica el artículo 14 del proyecto elaborado por la Dirección General de Política Interior del Ministerio del Interior que señala que los electores españoles residentes en dichos países o demarcaciones consulares que opten por remitir su voto por correo “deberán dirigirlo necesariamente a la Embajada”. En su momento se fijará cuáles son estos países o demarcaciones consulares.
 

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